Auditoría & Co

El pasado 7 de Junio, en el DOG de Cataluña se aprobó la resolución EMC 1124/2018 sobre subvenciones a Núcleos de investigación industrial de carácter internacional en ACCIO, todas ellas dentro del programa Marco de investigación Europeo Horizon 2020, ERA-Net MANUNET III y programas bilaterales para entidades domiciliadas en Cataluña.

La justificación del proyecto se realizará de acuerdo a la modalidad de cuenta justificativa con aportación de informe de auditor, establecida en el artículo 74 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Norma publicada Objeto Beneficioarios
RESOLUCIÓN EMC/1124/2018, de 4 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la línea de subvencionesa Núcleos de investigación industrial y desarrollo experimental que incentiven la realización de actividades de investigación industrial y desarrollo experimental de componente internacional (Núcleos internacionales de ACCIÓ), enmarcadas en el Programa Marco de Investigación e Innovación de la Unión Europea Horizon 2020, mediante el instrumento ERA-Net MANUNET III y los programas bilaterales y unilaterales de ACCIÓ. Aprobar las bases reguladoras de la línea de subvenciones a Núcleos de investigación industrial y desarrollo experimental que incentiven la realización de actividades de investigación industrial y desarrollo experimental de componente internacional (Núcleos internacionales de ACCIÓ), enmarcadas en el Programa Marco de Investigación e Innovación de la Unión Europea Horizon 2020, mediante el instrumento ERA-Net MANUNET III y los programas bilaterales y unilaterales de ACCIÓ. Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las empresas con ánimo de lucro (véase el punto 6 del glosario) que tengan establecimiento operativo en Cataluña y que cuenten como mínimo con un año de vida en la fecha de solicitud de la ayuda, contado a partir de la fecha de inscripción de la empresa en el Registro Mercantil (o registro análogo) o la fecha de alta censal en Hacienda (modelo 036) en el caso de empresarios individuales.

Los beneficiarios de las subvenciones han de justificar la aplicación del fondo de acuerdo con los artículos 30 y 31 de la ley 38/2003 de 17 de Noviembre general de subvenciones de aprobación del Texto Refundido de la ley de finanzas públicas de Catalunya. En el caso de proyectos colaborativos la justificación la presentará la entidad líder de la agrupación.

Los datos de los documentos justificativos ( en función del gasto, serán facturas y/o comprobantes de pago, nominas, TC u otros) deberán estar dentro del periodo de ejecución de la actuación subvencionable que se ha definido en las bases. La fechas de los comprobantes de pago podrán ser como máximo dos meses posteriores a la fecha máxima establecida en los documentos justificativos.

En caso de requerir información al respecto de la auditoria de los gastos para la confección de un informe de auditoría para subvenciones del pla d’acció Horizon 2020 puedes ponerte en contacto con nosotros como auditores ROAC somos auténticos especialistas en la confección de los informes de justificación que requiere esta subvención recientemente publicada.

Juan Bermúdez

Auditor ROAC. Socio de la firma AOB Auditores y CEO en ETL Global firma internacional de auditoría, asesoría y abogados

Fuente: Aob Auditores

Source