Auditoría & Co

Tras la finalización de la pandemia, así como en un intento de favorecer y apoyar a las empresas a desarrollar su actividad empresarial, es común que las Administraciones Públicas concedan tanto subvenciones como préstamos. No obstante, estas ayudas requieren cumplir una serie de requisitos, y uno de ellos es que la empresa ofrezca a la administración un informe emitido por un auditor de cuentas. Todo para que certifique la correcta imputación de la subvención recibida según los fines de la concesión.

Con respecto al alcance y profundidad de la auditoría de la cuenta justificativa, la auditoría se debe realizar en función de lo establecido en las bases reguladoras de la subvención, siendo además necesario que esté sujeta a las normas de actuación y supervisión indicadas por el órgano competente para el control financiero de subvenciones. Por otro lado, es necesario que la cuenta justificativa de la subvención incluya una memoria abreviada con la totalidad de los costes imputados al proyecto, quedando claro la correlación entre los gastos imputados y la descripción del trabajo realizado.

Así pues, para realizar correctamente un informe de auditoría, es necesario que la empresa ponga a disposición del auditor toda la documentación que pueda requerir para su trabajo. En caso de no ofrecerse la documentación necesaria, se incluirá una limitación en el informe de auditoría, indicando tanto el motivo como la causa de la misma.

Cabe destacar que tanto los libros, documentos como los registros utilizados en la realización de la auditoría deben ser conservados, todo ello para futuras comprobaciones como controles previstos por la legislación. La memoria económica abreviada debe incluir el modo en el cual se detallan las bases reguladoras de la ayuda. así como un contenido mínimo con un estado representativo de los gastos incurridos en las actividades subvencionadas realizadas. Así pues, es necesario que dichos gastos se encuentren correctamente agrupados, y en caso de ser necesario, incluir también las cantidades inicialmente presupuestadas así como desviaciones acaecidas.

Fuente: Gayca Auditores

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