En la actual coyuntura económica, política y social, las cláusulas MAC (Material Adverse Change o Cambios Materiales Adversos) pueden ayudar a compradores y vendedores a regular la incertidumbre intrínseca a operaciones tan complejas como las adquisiciones de empresas y negocios.
Según nuestra experiencia en el mercado, aproximadamente dos tercios de las operaciones de M&A cerradas en España el ejercicio pasado se estructuraron bajo un esquema de signing y closing diferido. Esta fórmula responde a la necesidad de condicionar la ejecución definitiva del contrato a la obtención o cumplimiento de ciertos requisitos previos, conocidos como condiciones suspensivas o CPs (conditions precedent), tales como autorizaciones regulatorias, financiación, dispensas contractuales o aprobaciones internas en los senos de administración de comprador y vendedor.
Como resultado de esto, entre la firma del contrato (signing) y su perfeccionamiento (closing) se abre un periodo interino (interim period) en el que comprador y vendedor están jurídicamente vinculados, pero la operación aún no se ha consumado. Este intervalo es especialmente sensible, ya que pueden surgir circunstancias que alteren sustancialmente el equilibrio económico o jurídico del negocio pactado. Para que las partes puedan protegerse frente a estos eventos sobrevenidos, se utilizan las cláusulas MAC.
1. ¿Qué son las cláusulas MAC y por qué se utilizan?
Las cláusulas MAC son pactos contractuales que permiten a una parte -normalmente el comprador- revisar, renegociar o incluso desistir de una operación si, tras el signing, se produce un cambio significativo que afecta negativamente al negocio objeto del contrato.
En los últimos años, su uso se ha extendido considerablemente en operaciones de M&A con signing y closing diferido, como mecanismo de protección frente a eventos sobrevenidos.
Aunque no están reguladas expresamente en el ordenamiento español, su carácter dispositivo permite a las partes definir libremente su alcance, efectos y supuestos de activación, lo que las convierte en una herramienta flexible pero que exige precisión técnica a la hora de redactar el contrato de compraventa.
Para que una cláusula MAC sea operativa, deben concurrir dos elementos esenciales:
La jurisprudencia anglosajona ha sido especialmente estricta en la interpretación de este segundo elemento, exigiendo que el impacto no solo sea relevante desde una perspectiva subjetiva, sino que pueda demostrarse con datos objetivos y cuantificables que acrediten que efectivamente se ha producido una alteración sustancial en las condiciones pactadas.
Es importante destacar que el análisis del cambio adverso se realiza en relación con la situación existente en el momento de la firma del contrato de compraventa, no con circunstancias anteriores ni con valoraciones históricas. Lo relevante es cómo el evento sobrevenido altera las condiciones pactadas en el momento del signing, y si ese cambio justifica la revisión, la renegociación o incluso la resolución del contrato. Por tanto, los efectos jurídicos de las cláusulas MAC van desde la renegociación de los términos (por ejemplo, un ajuste de precio) a la resolución del contrato.
La eficacia de una cláusula MAC depende de su redacción clara y detallada. Por ello, es recomendable:
Una cláusula genérica puede ofrecer flexibilidad, pero también mayor inseguridad jurídica. Por ello, es habitual y recomendable combinar una definición general con una lista de supuestos concretos y excepciones.
Aunque comparten la finalidad de adaptar el contrato a circunstancias sobrevenidas, las cláusulas MAC y la doctrina rebus sic stantibus presentan diferencias relevantes:
Las cláusulas MAC son una herramienta eficaz para gestionar el riesgo en operaciones de M&A, especialmente en contextos de volatilidad o incertidumbre. Su correcta redacción permite a las partes anticiparse ante escenarios adversos y proteger sus intereses, por lo que la inclusión de cláusulas MAC en los contratos de compraventa no solo es recomendable, sino estratégica. Es esencial contar con asesoramiento legal especializado en M&A así como experiencia concreta en el sector en el que opera la sociedad target, para garantizar que estas cláusulas se estructuren adecuadamente, se adapten al contexto específico de la operación y ofrezcan verdadera seguridad jurídica frente a lo inesperado.
Por Andrés Álvarez-Sala, Gerente en el área Legal de BDO
Artículo publicado en ElEconomista