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Mediante acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de mayo de 2020 (publicado en el BOE de 9 de mayo) se pone en marcha el tercer tramo de las líneas de avales aprobada por el Real Decreto 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, por un importe de 20.000 millones de euros, cuya gestión recaerá en el Instituto de Crédito Oficial (ICO).

Cabe recordar que el artículo 29 de esta norma prevé una línea de avales por importe máximo de 100.000 millones de euros que aportará el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital para la cobertura de la financiación de empresas y autónomos.


Hasta al momento, se han puesto a disposición de empresas y autónomos 40.000 millones de euros en avales liberados por aprobación de sendos Acuerdos de Consejo de Ministros de 24 de marzo y 10 de abril de 2020. Por medio del presente acuerdo se liberan 10.000 millones de euros para pymes y autónomos y otros 10.000 millones para empresas que no tengan la consideración de pyme, destinados a la renovación y concesión de nuevos préstamos, cuyo plazo de solicitud podrá hacerse hasta el 30 de septiembre de 2020.


Todas las condiciones y términos previstos en los acuerdos del Consejo de Ministros de 24 de marzo y 10 de abril, se entenderán aplicables también a este tercer tramo (consulte condiciones 1er tramo y 2º tramo), no obstante se incide en que la financiación obtenida deberá emplearse para atender las necesidades de liquidez derivadas, entre otros, de la gestión de facturas, pago de nóminas y a proveedores, necesidad de circulante y vencimientos de obligaciones financieras o tributarias. Por tanto, a modo de ejemplo, la financiación avalada por el Estado no puede ir en ningún caso destinada al pago de dividendos ni de dividendos a cuenta. Además, se les obliga a las entidades financieras a no cargar ningún coste financiero o gasto sobre los importes no dispuestos por el cliente.

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Jorge Borrajo Dios
Socio de Kreston Iberaudit