Auditoría & Co

Cuenta Homero en su Odisea que una vez Sísifo hizo enfadar a los dioses. Como castigo, fue condenado a perder la vista y a empujar perpetuamente una gran piedra por una montaña hasta su cima, solo para que volviese a caer rodando hasta el valle desde donde debía recogerla y empujarla de nuevo cuesta arriba. Y así perpetuamente. El mito de Sísifo es la metáfora del esfuerzo incesante y estéril de la humanidad.

Muchos directivos nos cuentan que se sienten hoy un poco Sísifos ante la avalancha de regulación en materia de sostenibilidad, una regulación que perciben como una losa una y otra vez. Pues, cuando empiezan a adaptarse a ella, en ocasiones a ciegas, cae una nueva losa que han de levantar. Y de entre todas estas normas, las de transparencia, divulgación y reporte para las finanzas sostenibles son de las que parecen más pesadas.

El Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles, es una de esas normas. Es el llamado Reglamento de Taxonomía, cuya finalidad es establecer los criterios para determinar si una actividad económica se considera medioambientalmente sostenible a efectos de fijar el grado de sostenibilidad medioambiental de una inversión. Un reglamento que ya ha entrado en vigor.

Y, si la Taxonomía europea, presentada en su versión final en marzo de 2020, ha necesitado ríos de tinta en forma de centenares de páginas para definir lo que es sostenible solo respecto a dos de sus seis objetivos ambientales, los documentos que regulan su aplicación van por el mismo camino. Los dos actos delegados propuestos hasta el momento, y aún no aprobados de forma definitiva, con sus anexos, no terminan de arrojar luz a esta obligación de divulgar la manera y la medida en que las actividades de una compañía se asocian a actividades económicas que se consideren medioambientalmente sostenibles con arreglo a lo definido por la Taxonomía.

Repasemos aquí algunas claves:

  1. ¿Cuándo? Según el Reglamento delegado aún sin aprobar, presentado por la Comisión Europea en mayo de 2021, que pretende articular la manera de aplicar el artículo 8 del Reglamento de Taxonomía “Transparencia de las empresas en los estados no financieros”, en 2022, sobre datos de 2021, las empresas deberán presentar la proporción de sus actividades consideradas como sostenibles. A partir del año 2023, sobre datos de 2022, las empresas deberán informar de su alineamiento con la taxonomía en relación con tres KPI financieros (CAPEX, OPEX y volumen de negocio).
  2. ¿Dónde? La información obligada, habrá de reportarse en los hoy llamados estados de información no financiera. La nueva propuesta de Directiva de reporte corporativo de sostenibilidad (CSRD), que modifica la Directiva de información no financiera y que aplicaría al ejercicio que se inicie en enero 2023, ya incluye también las obligaciones de reporte del alineamiento con la Taxonomía. Además, esta propuesta de Directiva establece que la información reportada deberá ser verificada por un experto independiente.
  3. ¿Quién? Están obligadas a reportar todas las compañías a las que les aplique la Directiva de información no financiera. En la nueva propuesta de Directiva de reporte corporativo de sostenibilidad (CSRD), las compañías afectadas serán todas aquellas consideradas empresas grandes porque cumplan dos de los siguientes criterios: a) más de 250 empleados; b) volumen de negocio de 40 mill. €; c) activos por valor de 20 mill. €.
  4. ¿Qué criterios definen las actividades sostenibles? La Taxonomía europea define tres criterios: a) contribuir de forma sustancial a la mitigación del cambio climático o a la adaptación al mismo; b) no causar daño significativo a los otros cuatro objetivos ambientales (uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos; transición hacia una economía circular; prevención y control de la contaminación; protección y recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas); c) cumplir unas salvaguardas mínimas relativas al cumplimiento de normas internacionales en materia de derechos humanos. El Reglamento delegado presentado por la Comisión Europea el 4 de junio de 2021, aún no definitivo, establece los criterios técnicos de selección para determinar el cumplimiento de las dos primeras condiciones.
  5. ¿Otras normas relacionadas? El Reglamento 2019/2088 de divulgación de finanzas sostenibles (SFDR) se ve modificado por el Reglamento de Taxonomía y la ya mencionada Directiva de reporte corporativo de sostenibilidad (CSRD) pretende ser coherente con ambas normas. El reporte y la transparencia son claves en la estrategia de finanzas sostenibles de la Comisión Europea, que pretende aportar más confianza al mercado financiero y a los inversores a través de la información, al tiempo que combate el greenwashing.

Afrontar los desafíos del Reglamento de Taxonomía, responsabilidad de todas las áreas de la organización

Pero, si el funcionamiento del Reglamento es complejo, también lo es la aplicación de la propia Taxonomía, por lo que las organizaciones deberán prepararse para afrontar los desafíos que esta supone en las diferentes funciones que se verán afectadas.

Las áreas de Sostenibilidad deberán aportar criterio para identificar las actividades sostenibles y evaluar la contribución sustancial o el daño significativo, con indicadores claros de desempeño e impacto e incluyendo la transición en la ecuación. Sobre las actividades incluidas o no, aún hay controversias que será necesario resolver y, en cualquier caso, la Taxonomía es una herramienta viva, pues lo que hoy puede considerarse verde o de transición, mañana podría ser marrón.

Las áreas de Contabilidad se enfrentarán al cálculo y a la interpretación del CAPEX, el OPEX y el volumen de negocio en clave de Taxonomía. No será fácil esta nueva asignación, que podría afectar a los estados financieros y a la forma de “contar” la compañía y sus resultados.

Las áreas de Auditoría y Control internos deberán reforzar los sistemas de control de la información financiera y de sostenibilidad que habrá de servir a las organizaciones para reportar y cumplir con esta norma.

Las áreas de Tecnología deberán asegurarse de que cuentan con los sistemas y herramientas más adecuados para recoger y consolidar la información necesaria, con rigor, trazabilidad y sentido de coherencia.

La piedra de Sísifo sí parece grande, al fin y al cabo, pero el esfuerzo no tiene por qué ser estéril. Muy al contrario, el futuro sostenible que se aprecia en el horizonte exige transformaciones en las naves y en la forma de navegar. Aquellos que las hagan primero aprovecharán mejor las oportunidades y las olas. La Taxonomía es en realidad una buena herramienta para diagnosticar el modelo de negocio actual y construir el plan de transformación y de futuro necesario para llegar con éxito al puerto. Tanto los agentes del mercado financiero como las compañías de otros sectores pueden usar la Taxonomía para poner luz sobre su presente y definir la ambición de su futuro sostenible.

Y sí, quedan aún muchas páginas por escribir, cuatro nuevos objetivos ambientales además de la taxonomía social, la marrón, la de gobernanza… No sabemos si veremos el final de esta obra de El Escorial, pero lo que ya tenemos, aunque cueste subirlo por la montaña, nos permite mirar con más claridad el horizonte desde la cumbre, por lo que merecerá la pena el esfuerzo.