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PROGRAMA DE AYUDAS DE FORMACIÓN EN GESTIÓN DE LA INVESTIGACIÓN EN SALUD (FGIN)

¿QUÉ ES EL PROGRAMA DE AYUDA FGIN?

El FGIN, es un programa de ayudas que se otorga a los que desarrollan un plan de actividades de formación en gestión de la investigación en ciencias y tecnologías de la salud para ser realizado en el ISCIII. Es un tipo de subvención que ha de ser auditada

¿QUÉ SE PRETENDE CON ESTA AYUDA?

Se pretende incentivar a la formación de especialistas en este campo, a través del aprendizaje de todo lo referente a la gestión, seguimiento y evaluación de las actuaciones de la AES y las actividades de internalización e innovación en el campo de las tecnologías de la salud y la ciencia.

¿QUÉ PAUTAS SE DEBEN SEGUIR DENTRO DEL PROGRAMA?

Las personas que se benefician de esta ayuda deben seguir un programa formativo común diseñado por el ISCIII, a su vez, tendrán que desarrollar un proyecto dirigido a la innovación o el desarrollo de cualquier aspecto relacionado con la gestión de la I+D+i. Una vez finalizado el programa será requerida una auditoría de subvenciones del programa fgin

¿QUIÉN PUEDE SER CANDIDATO PARA EL PROGRAMA FGIN?

Son candidatos para formar parte del programa, las personas que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Personas con alguna de estas titulaciones de formación: título de licenciatura, ingeniería, grado, ingeniería técnica o diplomatura, preferentemente en Ciencias de la Salud, Económicas, Derecho y Biblioteconomía y Documentación.
  2. Las titulaciones, deben ser títulos oficiales españoles u homologados oficialmente según la normativa vigente, si se han obtenido en el extranjero.
  3. No puede ser beneficiario en el momento de la solicitud, ni haberlo sido con anterioridad de una ayuda FGIN.

¿CUÁLES SON LAS CONDICIONES PARA LAS AYUDAS?

  1. Las ayudas tendrán una duración máxima de 36 meses desde la fecha de incorporación. Durante dicho período, las personas serán adscritas al ISCIII con el cargo de personal de formación.
  2. Estas ayudas son incompatibles con cualquier otra ayuda, beca, retribución, compensación monetaria o en especie, honorarios profesionales, ni recibir prestaciones por desempleo.
  3. La asignación económica de estas ayudas será de 21.000 euros brutos anuales, incluyendo las cuotas patronales de la Seguridad Social.
  4. En situaciones de incapacidad temporal, el ISCIII se responsabiliza de los pagos correspondientes a las prestaciones de la Seguridad Social hasta cubrir el 100 % del valor de la ayuda durante el período de dicha situación.
  5. Los beneficiarios de dichas ayudas, pueden compaginar la formación en gestión de la investigación con cualquier estudio para su perfeccionamiento.
  6. Cada año se procederá a realizar una evaluación de las actividades realizadas por el beneficiario. Tomando en cuenta tanto los proyectos de innovación y mejora, como el buen desarrollo del programa formativo común diseñado por el ISCIII. En caso dar como resultado una evaluación negativa, se suspendería la ayuda.

¿QUÉ DOCUMENTACIÓN SE REQUIERE?

  1. La Memoria de la propuesta del plan de innovación y de mejora de alguna de las actividades de I+D+i que ofrece el ISCIII, siguiendo el modelo que corresponde a la AES 2021 en castellano o inglés.
  2. Copia del pasaporte en vigor, para las personas no residentes en España.
  3. Una declaración responsable de no ser beneficiario de ninguna otra ayuda o subvención financiada con fondos públicos.
  4. Currículum Vitae Abreviado (CVA) en castellano o inglés el cual se enviará a través de la aplicación informática con la solicitud adjunta.
  5. Certificación de los estudios académicos realizados. Debe presentar una copia del Título o certificados supletorio, la certificación oficial de los estudios realizados, detallando pensum de estudio, materias cursadas y calificaciones obtenidas, acreditación documental de certificado de vida laboral, credenciales de formación, certificado de estudios, etc.

¿CUÁLES CRITERIOS SE TOMARÁN EN CUENTA PARA LA EVALUACIÓN DE LAS SOLICITUDES?

1. Valoración del candidato: hasta 40 puntos.
En donde se valorará la nota media del expediente académico (15 ptos), los méritos curriculares con cursos de más de 10 horas de duración, becas, contratos, publicaciones, etc.(15 ptos), y la adecuación de la persona candidata a la propuesta presentada(10 ptos).

2. Valoración de la propuesta de un proyecto de innovación o mejora continua a desarrollar por la persona candidata: hasta 60 puntos. Si dicha valoración es menor al 50% de la máxima posible, supondrá la desestimación de esta.
En donde se evaluará la calidad técnica de la propuesta y su carácter innovador (20 ptos), la relevancia que tiene la propuesta para la comunidad investigadora (20 ptos) y la viabilidad y oportunidad (20 ptos).

Se debe justificar ante el órgano o entidad que concede la subvención, los requisitos exigidos y el cumplimiento adecuado de las condiciones del programa, así como la realización del proyecto requerido y el debido cumplimiento de la finalidad determinando la concesión o disfrute de la subvención. Por lo que es necesario auditar la cuenta justificativa del gasto realizado para la ejecución de dicho proyecto, siguiendo las bases de convocatoria de estas subvenciones se requiere de un auditor de cuentas para realizar la verificación de dichos gastos.

En AOB Auditores, tenemos amplía experiencia en el campo de auditoría de cuentas para programas subvencionados, y conocemos de cerca el Subvención programa fgin, por lo que te ofrecemos nuestros servicios para tener todas las cuentas y gastos generados por tu proyecto dirigido a la innovación con amplia transparencia y fiabilidad.

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Fuente: AOB Auditores

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