El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) ha publicado la Resolución de 16 de octubre de 2025, mediante la cual se somete a información pública la modificación de las Normas Internacionales de Auditoría adaptadas para España (NIA-ES), con especial incidencia en el contenido del informe de auditoría de cuentas anuales. Esta actualización normativa tiene su origen en la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, que modificó la Ley 22/2015, de Auditoría de Cuentas (LAC) para incorporar el artículo 48 ter de la Directiva (UE) 2013/34, introducido por la Directiva (UE) 2021/2101, con el objetivo de reforzar la transparencia fiscal y la coherencia de la información financiera entre los Estados miembros.
Esta modificación deriva directamente del nuevo artículo 5.1.g) de la LAC y de la Disposición Adicional Undécima, que establecen la obligación de informar públicamente sobre el impuesto sobre sociedades para determinadas empresas y sucursales que superen una cifra de negocios consolidada o individual de 750 millones de euros en los dos últimos ejercicios.
La principal novedad afecta al apartado “Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios” del informe de auditoría, que ahora deberá incluir una declaración expresa del auditor relativa a la obligación de la entidad auditada de:
La obligación alcanza a:
La resolución del ICAC no se limita a la NIA-ES 700 (Revisada), sino que incluye modificaciones complementarias en otras normas para garantizar coherencia técnica:
El Anexo II de la resolución detalla las modificaciones introducidas, incluyendo la actualización de los ejemplos de informe (Ejemplos 1, 2 y 3) de la NIA-ES 700 (Revisada), donde se incorpora el nuevo párrafo relativo al impuesto sobre sociedades o análogo.
El ICAC establece un calendario de entrada en vigor diferenciado:
La modificación introduce un nuevo deber de comunicación en el informe de auditoría que, aunque no altera la esencia del trabajo del auditor, amplía su responsabilidad informativa.
Para las firmas de auditoría, implicará:
Para las entidades afectadas, será esencial asegurar la publicación correcta y verificable del informe de transparencia fiscal en los registros exigidos y garantizar la coherencia entre la información contable, fiscal y publicada.
Con esta actualización, el ICAC avanza hacia un modelo de auditoría más integral, transparente y alineado con los estándares internacionales de información pública. El nuevo requerimiento refuerza la confianza en la labor del auditor como garante de la fiabilidad, coherencia y responsabilidad fiscal corporativa, integrando la dimensión tributaria en el marco del informe financiero.
Desde ECOVIS Grosclaude & Partners, consideramos que esta evolución normativa constituye un paso decisivo hacia una auditoría más completa y socialmente responsable, donde la transparencia fiscal se incorpora de forma estructural al ecosistema de información financiera.