Auditoría & Co

El pasado 25 de julio fue publicada en resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas de 15 de julio, por la que se sometían a información pública las modificaciones de las Normas Técnicas de Auditoría, estableciendo un período de dos meses para la presentación de alegaciones.

El año 2013 fueron publicadas las Normas Técnicas de Auditoría, como resultado de la adaptación de las Normas Internaciones de Auditoría para su aplicación en España (NIA-ES). Posteriormente, con la publicación de la Directiva 2014/56 / UE, relativa a la auditoría legal de las cuentas anuales y de las cuentas consolidadas, y del Reglamento UE 537/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los requerimientos específicos para la auditoría legal de las entidades de interés público, que establecían nuevos requerimientos a los trabajos de auditoría, dio lugar a la aprobación de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, con nuevas exigencias respecto a los trabajos de auditoría de las cuentas anuales de los ejercicios que se inicien a partir del 17 de junio de 2016.

De forma paralela el IAASB ha finalizado el proceso de revisión de determinadas normas internacionales de auditoría, relacionadas fundamentalmente con el procedimiento de emisión y contenido del informe de auditoría, lo que motiva la necesidad por parte del regulador estatal de adaptar las Normas Técnicas de Auditoría vigentes.

Esta nueva modificación de las normas aplicables en España incorpora la NIA 701 “Comunicación de las cuestiones clave de la auditoría en el informe de auditoría emitido por un auditor independiente” y modifica las NIA-SE 700, 705, 706, 720 260 510, 570 y 805.

La principal novedad que notarán los usuarios, de acuerdo con la nueva NIA-SE 701, será la modificación del contenido del informe de auditoría, en el que cabe destacar la obligación de incluir los riesgos más significativos considerados en la realización de los trabajos de auditoría, y la respuesta que se ha dado a los mismos, o sea los procedimientos de auditoría aplicados. Esta parte del trabajo, que hasta ahora quedaba como documentación interna del archivo del auditor, pasa a formar parte de la información pública, por lo tanto se da una relevancia muy significativa ya no a la información de la propia empresa, si no al trabajo realizado por el auditor para llegar a su opinión.

Otras modificaciones en el informe de auditoría será la inclusión de aspectos relacionados con la independencia del auditor, como la fecha de designación, los servicios prestados por el auditor diferentes a la auditoría, etc.

Habrá que ver hasta qué punto esta información acabará siendo un información estandarizada más (o camufladamente específica), o será una información útil para terceros interesados en entender los riesgos que realmente se enfrentan los auditores en el momento de formarse una opinión, y lo que es más importante, si servirá para aclarar realmente los riesgos de la propia entidad auditada, que al fin, es lo que un lector esperaría encontrar en una información financiera realmente transparente.

BOE

Autor: Enric Ripoll Ros