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La integración proporcional está llegando a su fin, a raíz de la emisión de la Norma Internacional de Información Financiera 11 (en adelante NIIF 11) emitida el 1 de enero de 2012 y que será de aplicación obligatoria en la UE a partir de los ejercicios que empiecen el 1 de enero de 2014. Además, de acuerdo con la vigente normativa contable internacional, deberá de presentarse comparativamente con el ejercicio anterior.

El objetivo principal de esta NIIF 11 es establecer los principios para la presentación de información financiera por entidades que tengan una participación en acuerdos que son controlados conjuntamente (es decir acuerdos conjuntos). La evaluación de sus derechos y obligaciones que surgen del acuerdo determina el tipo de acuerdo conjunto en el que está involucrada la entidad, según la NIIF 11 analizada.

La NIIF 11 será de aplicación por todas las entidades que sean una parte de un acuerdo conjunto. ¿Qué es un acuerdo conjunto? Es un acuerdo mediante el cual dos o más partes mantienen control conjunto. ¿Y cómo definir el control conjunto? Como un acuerdo contractual de reparto del control que existe, solo cuando las decisiones sobre las actividades relevantes (es decir, que afectan de forma significativa a los rendimientos del acuerdo) requieren el consentimiento unánime de las partes que comparten el control.

Analizados todos estos conceptos anteriores, la NIIF 11 clasifica los acuerdos conjuntos en dos tipos, las operaciones conjuntas y los negocios conjuntos.

Las palabras que utiliza la NIIF 11 para definir las operaciones conjuntas y los negocios conjuntos, son las siguientes:

Una operación conjunta, es un acuerdo conjunto mediante el cual las partes que tienen control conjunto del acuerdo (es decir, operadores conjuntos) tienen derecho a los activos y obligaciones con respecto a los pasivos, relacionados con el acuerdo.

Un negocio conjunto, es un acuerdo conjunto mediante el cual las partes que tienen control conjunto del acuerdo (es decir, participantes en un negocio conjunto) tienen derecho a los activos netos del acuerdo.

Deberemos determinar el tipo de acuerdo conjunto en el que está involucrada la sociedad considerando sus derechos y obligaciones. Se tendrá en cuenta no sólo los aspectos formales, sino también el fondo del acuerdo y otros factores y circunstancias.

La operación conjunta se asimilaría, por ejemplo, a lo que todos conocemos como un establecimiento permanente, a una Unión Temporal de Empresas, etc., en cambio el negocio conjunto, se asimila, por ejemplo, a sociedades multigrupo.

¿Cómo contabilizar una operación conjunta según la NIIF? Hay que reconocer y medir los activos y pasivos (y reconocer los ingresos de actividades ordinarias y gastos) en relación a su participación en el acuerdo según las NIIF relevantes aplicables a los activos, pasivos, ingresos de actividades ordinarias y gastos concretos. Es decir, se integran en el balance de la sociedad según la proporción en la que se participe en dicha operación conjunta.

¿Y si tengo un negocio conjunto, cómo hay que contabilizarlo según la NIIF? La NIIF requiere que un participante en un negocio conjunto reconozca una inversión y la contabilice utilizando el método de la participación o también conocido como método de la Puesta en Equivalencia, de acuerdo con la NIC 28 “Inversiones en Asociadas y Negocios Conjuntos”, a menos que la entidad esté exenta de aplicar el método de la participación tal como se especifica en esa norma.

Los requerimientos de información que debemos revelar por las partes con control conjunto de un acuerdo conjunto, se especifican en la NIIF 12 “Información a Revelar sobre Participaciones en Otras Entidades”.

En conclusión, de entrada la sociedad deberá analizar qué tipo de acuerdo conjunto es el que aplica en su caso para poder determinar de qué manera deberá contabilizarlo. La novedad que hay que recordar de esta NIIF, es que si se trata de un negocio conjunto (multigrupo) la NIIF 11 prohíbe la utilización del método de integración proporcional siendo el método de aplicación el de Puesta en Equivalencia.

Sergi Corominas