Auditoría & Co

Obligación de informar al Banco de España sobre las transacciones económicas y los saldos de los activos y los pasivos con el exterior.

Les informamos que según la legislación vigente, cualquier persona física o jurídica(pública o privada),residente en España, que realice transacciones con un no residente o posea activos o pasivos en el extranjero, está obligado a informar de estas operaciones y/o posicionesal Banco de España.

ETE -Encuesta de Transacciones Exteriores

La Encuesta de Transacciones Exteriores (ETE), principalmente,supone la declaracióndelas transacciones económicas y de los saldos de los activos y los pasivos financieros con el exterior, con la siguiente periodicidad:

MENSUALMENTE Durante los 20 días siguientes a la finalización del mes :

Si los importes de las transacciones o los saldos de los activos y los pasivos del año anterior son iguales o superiores a 300 millones de euros.

TRIMESTRALMENTE Durantelos 20 días siguientes a la finalización del trimestre:

Si los importes de las transacciones o los saldos de los activos y los pasivos del año anterior son iguales o superiores a 100 millones de euros e inferiores a 300 millones de euros

ANUALMENTE Antes del día 20 de enero

Si los importes de las transacciones o los saldos de los activos y los pasivos del año anterior son iguales o superiores a 1 millón de euros e inferiores a 100 millones de euros

Asimismo, se podrá presentarla declaración resumida cuando el importe de los saldos y/o de las transacciones no supere los 50 millones de euros

D6-Titulares de inversión española en el exterior en valores negociables

Duranteel mes de enero, aquellos titulares de inversión española en el exterior en valores ne-gociables, deberán presentar la declaración modelo D6.

720 -Declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero

Durante el mes de marzodebe presentarse ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria, el modelo 720de Declaración Informativa sobre Bienes y Derechos situados en el Extranjero.

Información bancaria

En caso que desde nuestro despacho profesional debamos elaborar y presentar por su cuenta la/s declaración/es indicadas, rogamos nos faciliten a la mayor brevedad posible la información bancaria que detalla a continuación:

1.Extracto de los movimientos de todas las cuentas en el extranjero, referidas al período comprendido entre el 01/01/2020 y el 31/12/2020.

2.Para el modelo 720, saldos a 31/12/2020 y saldos medios del último trimestre de todas las cuentas bancarias, tanto de las cuentas de las que son titulares como de las que figuran como autorizados.

3.Situación general y valoración patrimonial a 31/12/2020 de todos los activos y pasivos situados en el exterior, con deta-lle de la información siguiente:

•Descripción del valor

.•Código ISIN.

•Número de títulos

.•Tipo de valor(acciones, bonos, fondos de inversión, etc.).

•Moneda de emisión.

•Nominal de cada valor(en sucaso).

4.Transferencias efectuadas entre España y el extranjero, referidas al período comprendido entre el 01/01/2020 y el 31/12/2020.

Desde nuestro despacho profesional quedamos a su entera disposición para aclararles cualquier duda que se les pueda plantear al respecto, ampliarles la información sobre los requisitos y las responsabilidades derivadas y orientarles en relación a los pasos y consideraciones a tener en cuenta.

Fuente : Cortés & Pérez Auditores y Asesores Asociados SL

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