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De manera temporal, ESMA (European Securities and Markets Authorities) permitirá que las Empresas de Servicios de Inversión puedan realizar servicios de inversión a un cliente que no ha obtenido el Código LEI antes del 3 de enero, fecha límite de obtención del mismo.

Antecedentes

La obligación para las Empresas de Servicios de Inversión (ESI) de la Unión Europea de identificar a sus clientes personas jurídicas mediante el Código LEI, estipulada en el Reglamento 600/2014 (“MiFIR”), supone que las ESI no podrán realizar servicios de inversión que activen la obligación de Transaction Reporting (artículo 26 MiFIR) en nombre de un cliente antes de obtener el Código LEI de este cliente.

Sin embargo, en las últimas semanas, tanto ESMA como las autoridades competentes nacionales han recibido una serie de indicaciones sobre la dificultad para que las entidades obtengan su Código LEI antes del 3 de enero.

Contenido de la comunicación de ESMA

En este contexto, y para facilitar la introducción del Código LEI, ESMA permitirá durante un período de seis meses que:

  • Las ESI ofrezcan servicios de inversión que activen la obligación de Transaction Reporting a un cliente del que no ha obtenido previamente el Código LEI con la condición de que antes de la realización del servicio la ESI obtenga la documentación necesaria de su cliente para solicitar el Código LEI en su nombre.
  • Los centros de negociación informen de sus propios Códigos LEI en lugar de los Códigos LEI de emisores no UE, mientras se contacta con dichos emisores no UE.

Lo anterior supone que, de manera temporal, se aceptarán comunicaciones de operaciones en las que la fecha de emisión del Código LEI será posterior a la fecha de ejecución de la operación.

Precisiones de la CNMV

Como complemento al comunicado de ESMA, CNMV ha realizado las siguientes precisiones:

  • La medida afectará a todas las entidades de crédito sujetas a la obligación de Transaction Reporting, a los sistemas de información autorizados (SIA) y a los centros de negociación que reporten en nombre de sus miembros o con motivo de la existencia de un miembro no UE.
  • Una vez que se obtenga el Código LEI del cliente, la entidad puede reportar la comunicación de todas las operaciones ejecutadas por la entidad para clientes que no tenían el Código LEI en el momento de la operación.
  • Todas las entidades deberán modificar sus sistemas para implementar dicha modificación.

Período temporal

El período temporal referido comenzará el 3 de enero y finalizará el 2 de julio de 2018. En este sentido, a partir del 3 de julio las operaciones que se ejecuten en nombre de clientes identificados con un LEI deberán tener un LEI cuya fecha de emisión sea igual o anterior al 3 de julio.

Para acceder a la comunicación de la página de ESMA haz clic aquí.

Asimismo, puedes acceder al comunicado de la CNMV aquí.

Etiquetas: CNMV , Empresas , Empresas de Servicios de Inversión , Entidades financieras , ESMA , Regulación servicios financieros

Gemma Moral

Socia responsable de servicios legales y regulatorios al sector financiero

Javier Egea Canales

Asociado Senior en el sector financiero

Publicado en PwC Periscopio Fiscal y Legal: http://periscopiofiscalylegal.pwc.es/esma-publica-un-comunicado-para-facilitar-la-introduccion-del-codigo-lei