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El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Catalunya ha comunicado a través de sus redes sociales, que la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo estima el recurso interpuesto por asociaciones de distribución, cadenas de supermercados, comercios y restauración contra el Reglamento del Impuesto sobre bebidas azucaradas envasadas (IBEE), el cual entró en vigor el 23 de junio de 2017 y lo declara nulo.

La Sala considera que la Administración ha prescindido de trámites esenciales de consulta, audiencia e información públicas para la aprobación del Decreto, comportando la declaración de nulidad de pleno derecho.

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Asesoría Fiscal

Fuente: Crowe

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