Auditoría & Co

La Ley 11/2018 aprobó una modificación legal por la que se establece la obligatoriedad para una serie de empresas de publicar junto con sus cuentas anuales consolidadas y formando parte del informe de gestión, un Estado de Información No Financiera en relación a sus actividades.

Este estado de información no financiera debe incluir información relativa a cuestiones medioambientales y sociales, información sobre el personal de la empresa e información al respecto de los derechos humanos y la lucha contra la corrupción y el soborno.

Desde el ejercicio 2018 hasta el ejercicio 2020, afectaba en esencia a las empresas de más de 500 trabajadores, pero se establecía que para los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2021, la obligación del Estado de Información No Financiera se extenderá a las empresas de más de 250 trabajadores y que, durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos una de estas circunstancias: que su cifra total de negocios supere los 20 millones de euros o que el importe total neto de la cifra anual de negocios supere los 40 millones de euros; o bien, que tengan la consideración de entidades de interés público.

La información incluida en el Estado de Información No Financiera deberá ser verificada por un prestador independiente de servicios de verificación. Por consiguiente, las firmas de auditoría pueden llevar a cabo este proceso de revisión establecido por la normativa.

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