Auditoría & Co

No podemos negar la revolución que han supuesto las criptomonedas en el mundo comercial y financiero.

Sin embargo, el hecho de que no se encuentren reguladas ha propiciado que se conviertan en un instrumento ideal para blanquear capitales y ocultar ingresos a Hacienda.

Con la intención de evitar esta situación, se han incorporado novedades fiscales con respecto a las criptomonedas en el recién aprobado Proyecto de Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.

En el artículo de hoy, desde tu asesoría especialista en criptomonedas, vamos a ver cuáles son las novedades fiscales con respecto a las monedas virtuales y de qué manera tributan.

¿Cómo tributan las criptomonedas?

Antes de analizar cuáles son las novedades fiscales, es necesario recordar de qué manera tributan las criptomonedas en nuestro país.

No obstante, primero, debemos realizar una breve anotación: no estás obligado a presentar la declaración de la Renta si la suma entre los ingresos que has obtenido por dividendos, alquileres, ganancias en criptomonedas, nóminas, etc. no supera los 1.000€.

Cuando el total supere esa cantidad, sí estarás obligado a declarar cada ganancia, por mínima que haya sido. Por poner un ejemplo, incluso si solo has tenido una ganancia de 1€ con tus inversiones en monedas virtuales, deberás declararla.

Es importante saber que, en el caso de las criptomonedas, solo estás obligado a declarar las ganancias. Puedes no declarar las pérdidas aunque, si tienes pérdidas, te recomendamos que las declares también. De ese modo, podrás compensar las ganancias de tus futuras declaraciones.

Presentar el Modelo 720

El Modelo 720 es una declaración informativa de los bienes que tienes en el extranjero. Mediante este modelo puedes declarar todos los valores, cuentas, bienes inmuebles, seguros, rentas, etc. que posees fuera de España.

Quizás te preguntes si estás obligado a presentar este modelo.

Están obligados a presentar el Modelo 720 todas las personas físicas, jurídicas, sociedades y comunidades de bienes, que tengan la titularidad de derechos de los siguientes bienes, si la suma total de su valor supera los 50.000€:

  • Cuentas de entidades financieras en el extranjero
  • Bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero
  • Valores, seguros, derechos y rentas gestionadas, depositadas u obtenidas fuera de españa

Si estás obligado a presentar el modelo 720 y no lo haces, o lo presentas de forma incompleta o con información falsa, estarás incurriendo en una infracción tributaria muy grave, que puede conllevar una importante sanción económica.

Novedades fiscales en criptomonedas 2021

La aprobación en Consejo de Ministros del Proyecto de Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal incorpora una de las principales novedades en torno a las criptomonedas.

Aunque actualmente se encuentra en tramitación parlamentaria, este Proyecto de Ley incorpora la obligación de declarar en el Modelo 720 la tenencia y operativa de criptomonedas.

Adicionalmente, se suman dos nuevas obligaciones informativas:

  • La obligatoriedad de informar a la Agencia Tributaria sobre los saldos de criptomonedas mantenidos por los titulares
  • La obligatoriedad de informar a la Agencia Tributaria sobre las operaciones con monedas virtuales (adquisición, permuta, transferencia, cobros, pagos y transmisión)

Por lo tanto, si operas con criptomonedas o estás pensando en hacerlo, debes estar muy pendiente a cómo evoluciona este Proyecto de Ley durante el 2021.

Cambios para los proveedores

También se producen modificaciones para quienes se dedican a servicios de cambio de moneda virtual por moneda de curso legal y para los proveedores de servicios de custodia de monederos electrónicos o Wallets.

La nueva normativa iguala a estos proveedores a las entidades bancarias y de servicios de inversión, al menos en lo referente a las obligaciones en materia de prevención de blanqueo de capitales.

Por lo tanto, a partir de que entre en vigor la nueva ley, estos proveedores deberán, entre otras cosas, implementar modelos de riesgo, recabar y conservar la información relativa a las operaciones durante al menos 10 años y comunicar las operaciones sospechosas al SEPBLAC.

Adicionalmente, las entidades que presten estos servicios en el mercado español, sean personas físicas o jurídicas, deberán inscribirse en el registro del Banco de España. En caso de no hacerlo, podrán ser sancionadas con una multa de entre 150.000€ y 10.000.000€.

Cabe destacar que en el texto no se ha incluido a los proveedores de servicios de cambios entre monedas virtuales, o plataformas de trading. Por lo que, por el momento, estos quedan excluidos de estos cambios.

¿Cómo declarar las criptomonedas de manera legal?

Como hemos visto a lo largo del artículo, las novedades fiscales en torno a las criptomonedas son muchas. Además, se planean nuevas reformas en este ámbito para un futuro cercano, en pos de evitar el blanqueo de capitales.

Para no cometer alguna infracción o asegurarse de que las operaciones se llevan a cabo sin riesgo, y así evitar una posible sanción económica, lo mejor es que acudas a una asesoría de contabilidad fiscal especializada en criptomonedas, como Bilanx.

En Bilanx llevamos desde 1978 prestando un servicio completo de asesoramiento y gestión fiscal. Nuestros colaboradores están especializados en las distintas áreas del Derecho y la Economía.

Contacta con nosotros y te ayudaremos en materia fiscal con tus operaciones con criptomonedas.