Auditoría & Co

El ICAC con la Resolución de 23 de diciembre de 2016 publicó la modificación de las Normas Técnicas de Auditoria, en concreto incorporó una nueva NIA-ES, la 701 Comunicación de las cuestiones clave de la auditoría en el informe de auditoría y se modificaron las NIA-ES 700, 705, 706 y 720 y la NIA-ES 805. Adicionalmente también se revisaron las NIA-ES 570, 260 y 510. Estos cambios en los informes de auditoría, han afectado tanto en la estructura como en su contenido, siendo el ejercicio 2017 el de aplicación práctica de estos cambios por lo que a fecha de hoy, los nuevos modelos de informes de auditoría ya nos resultan familiares y es momento de hacer un primer análisis sobre las que sin duda alguna, han sido las mayores novedades:

  • la obligación de comunicar los aspectos más relevantes de auditoria (en adelante AMRA), con el propósito proporcionar una mayor transparencia sobre el trabajo realizado.
  • incorporar las cuestiones que han sido las de mayor significatividad en la auditoría y el modo en que han sido tratadas por el auditor en su informe.

A nivel práctico decidir cuáles han sido los aspectos de mayor relevancia de nuestros clientes, establecer los procedimientos de auditoría adecuados para tratarlos, redactarlos y que sean coherentes con los papeles de trabajo, ha supuesto para todos los profesionales un desafío y más de un quebradero de cabeza.

Para empezar hemos tenido que hacer una labor pedagógica importante con nuestros clientes antes y después de la entrada en vigor de la modificación, por la falta de información que los responsables del área financiera y de administración tenían sobre la materia, que por otra parte, es entendible dado lo alejado que queda de su día a día. No ha sido sencillo en muchas ocasiones explicar que según qué riesgos, debían de figurar en su informe de auditoría y que esto no implicaba salvedades sino que mejoraba la comprensión por parte de los receptores de las cuentas anuales del trabajo que los auditores hacemos en las áreas más relevantes de las mismas. Pero claro, aquí las sensibilidades son dispares, la nuestra encaminada al cumplimiento de la norma, y la de nuestro cliente, focalizada en la interpretación que harían sus acreedores, clientes y/o competidores del contenido del informe de auditoría.

Con todo esto, ¿Cómo nos ha ido en esta primera campaña de AMRAs?, ¿Cuántos AMRAs se han incluido en los informes? ¿Qué tipo de AMRAs se han utilizado?...

Pues el ICJCE ha publicado recientemente una encuesta realizada a auditores individuales y a empresas de auditoria a nivel local y nacional en la que se pone de manifiesto cómo ha sido el primer año de AMRAs.

El resultado de dicha encuesta no ha traído sorpresas, dado que la experiencia previa en otros países de la Unión Europea, nos ha ayudado a la aplicación práctica de la norma.

En esta primera campaña de AMRAs, un porcentaje muy elevado de informes emitidos, han incluido, al menos un AMRA, siendo muy pocos los casos en los que no se ha incluido ninguno y por tratarse de entidades básicamente, pequeñas y no complejas.

Según la encuesta, los AMRAs más utilizados en entidades no EIP, durante este primer año, como era de esperar, han sido los siguientes:

  • Reconocimiento de ingresos
  • Instrumentos financieros
  • Recuperabilidad de activosno corrientes
  • Existencias
  • Partes vinculadas

Y ¿cuántos AMRA hemos incluido de media en nuestros informes?, según el ICJCE, 2,73 por informe. El 81% de los informes han incluido entre 2 y 3 AMRAs y solo un 1% de los informes han incluido entre 4 y 5 AMRAs. Aunque quizá, en un futuro, tras la experiencia adquirida, en según qué sociedades no complejas, en las que se incluyeron AMRAs “porque había que poner alguno”, se acaben eliminando.

Otra cuestión controvertida ha sido la inclusión o no de las conclusiones sobre los procedimientos de auditoría realizados, siendo el resultado en la encuesta que el 45% de los auditores ha optado por no concluir ante el riesgo de opinión parcial, el 24% decide concluir en todos los casos y en un 31% sólo en determinadas circunstancias, acogiéndose al juicio del auditor.

La encuesta deja patente que ha sido la dirección del trabajo (socio y gerente) los miembros del equipo que más se han visto implicados por esta modificación en los informes, lo que se ha transformado, en muchos casos, en un incremento del valor añadido de nuestro trabajo por la personalización del informe de auditoría, así como en una mejora en la confianza que los clientes tienen en nosotros.

Tal vez, ha sido una buena oportunidad para mejorar la relación y comunicación con los órganos de gobierno, ganar en cercanía y compartir inquietudes. En muchos casos a ellos les ha servido para “ponerse al día” de la importancia y dificultad del trabajo que hacemos los auditores. Sin embargo, y como apunte negativo, generalmente, todo esto no se ha visto recompensado con un aumento de los honorarios acorde con el trabajo adicional que hemos tenido que realizar.

En general, podríamos concluir que pese a las dificultades a las que nos hemos enfrentado para llevar a la práctica la nueva normativa, ha sido un ejercicio en el que se ha producido una mejora tanto en el entendimiento del trabajo del auditor por parte de nuestros clientes como en la comunicación con sus órganos de gobierno que nos ha obligado a desarrollar con mayor profundidad la aplicación de esta nueva normativa, lo que es de agradecer en estos tiempos en que nuestro trabajo como auditores, es muchas veces injustamente valorado.

Elena Saiz

Fuente: BDO Abogados y Asesores Tributarios

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