La reforma del artículo 25 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS), aplicable a los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2025, introduce cambios sustanciales en uno de los incentivos más relevantes para el ahorro fiscal vinculado al refuerzo patrimonial de las empresas: la reserva de capitalización.
La principal novedad es cuantitativa: la reducción en base imponible pasa del 15 %, vigente en 2024, al 20 % del incremento de los fondos propios para los contribuyentes que tributen al tipo general o al tipo reducido de entidades de nueva creación. Además, el plazo de mantenimiento del incremento y de la reserva indisponible se reduce de cinco a tres años, mejorando la flexibilidad financiera y facilitando su encaje en la planificación societaria.
El elemento más relevante desde un punto de vista estratégico es la vinculación del incentivo al empleo. Se introduce una escala progresiva de reducción, 23 %, 26,5 % y hasta el 30 %— condicionada al incremento y mantenimiento de la plantilla media durante tres años. El ahorro fiscal potencial aumenta de forma significativa cuando la empresa combina capitalización y crecimiento en empleo.
Desde una perspectiva técnica, conviene destacar:
En el ámbito de la empresa familiar, la reforma adquiere especial relevancia. La retención estratégica de beneficios puede generar un ahorro fiscal relevante, reforzar la solvencia y alinearse con objetivos de continuidad generacional y estabilidad financiera.
La nueva reserva de capitalización ya no es solo un incentivo técnico: es una herramienta de planificación que conecta fiscalidad, estructura financiera y política de empleo.
Joseph Fay
Managing Partner