Auditoría & Co

Es habitual que las empresas adquieran bienes como maquinaria procedentes de terceros países para el desarrollo de su actividad, con este artículo trataremos de resolver dudas habituales y exponer ejemplos de como se contabilizan este tipo de operaciones en contabilidad.

Una importación no es más que la compra de bienes o servicios a países no comunitarios.

En este sentido, y a efectos del IVA, hay que tener en cuenta que Canarias, Ceuta o Melilla no se consideran territorio de la comunidad europea.

Habría que tener en cuenta de que el IVA, en el caso de las importaciones, siempre se liquida en la Aduana.

Antes de empezar te recomendamos visitar el post conceptos básicos del inmovilizado donde explicamos las particularidades útiles de esta área contable, además en el post auditoría del inmovilizado material podrás encontrar los puntos clave a verificar en esta área.

Ejemplo sobre la Adquisición de un Inmovilizado – Importación

En este post expondremos un ejemplo de una empresa localizada en España que adquiere maquinaria a China.

Datos del ejemplo:

  • Una sociedad en España adquiere maquinaria importada procedente de China.
  • El importe de la adquisición se valora en 200.000 € y, al pagarse en un plazo inferior a dos días, el vendedor concede un descuento por pronto pago del 5% (10.000 euros).
  • El tipo de gravamen de IVA es del 21%.
  • El importe de los derechos arancelarios asciende a 25.000 €.
  • Se precisa realizar una instalación para la puesta en funcionamiento del inmovilizado, incurriendo en los siguientes gastos todos ellos realizados con medios propios de la sociedad:
  • Gastos directos: 20.000 €;
  • Gastos indirectos: 15.000 €.

Estos costes no corresponden ni a seguros ni a transporte hasta el primer lugar de destino en el territorio de aplicación del impuesto.

  • Las pruebas realizadas dan lugar a unos gastos de 10.000 €
  • Por último, los gastos de actividades accesorias no considerados imprescindibles para la puesta en funcionamiento del inmovilizado ascienden a 4.000 €.

Contabilización de la operación:

Lo primero que debemos hacer es calcular el coste de adquisición del inmovilizado:

1. Primero, calculamos la Valoración inicial del inmovilizado = importe facturado – descuento pronto pago + derechos arancelarios + gastos directos necesarios para la puesta en funcionamiento (transporte internacional, seguros, carga y descarga).

  • Importe facturado = 200.000 €
  • Descuento por pronto pago = 200.000 x 5% = 10.000 €

Derechos arancelarios: 25.000 €

Conforme a la RICAC 2013, “El precio de adquisición incluye, además del importe facturado por el vendedor después de deducir cualquier descuento o rebaja en el precio, todos los gastos adicionales y directamente relacionados que se produzcan hasta su puesta en condiciones de funcionamiento […]” (1.3 Norma Primera).

Conforme a la RICAC 2013, “Formarán parte del precio de adquisición o del coste de producción del inmovilizado, los gastos en los que se incurra con ocasión de las pruebas que se realicen para conseguir que el activo se encuentre en condiciones de funcionamiento y pueda participar de forma plena en el proceso productivo.” (1.6 Norma Primera).

En conclusión:

  • El precio bruto de la maquinaria es de 200.000 euros que sí se activa.
  • Minoramos el valor por el descuento por pronto pago en 10.000 euros.
  • Los derechos arancelarios se suman ya que son un coste necesario para adquirir el bien que son 25.000 euros.
  • También incluimos los costes directos de la instalación, es decir, 20.000 euros.
  • Y por último incluimos las pruebas funcionales, necesarias para verificar la operatividad.
  • El cálculo por lo tanto sería de 245.000 euros.

Los gastos indirectos, aun siendo necesarios, no pueden entenderse incluidos en el precio de adquisición.

2. Ahora calcularemos la Base Imponible del IVA de la importación, para lo que el artículo 83 de la ley del IVA dice lo siguiente:

La base imponible del IVA en la importación comprende:

El valor en aduana de las mercancías (precio neto de compra, tras descuentos y gastos vinculados a la adquisición).

Los derechos, impuestos y otros gravámenes distintos del IVA que se aplican a las mercancías importadas (como los aranceles).

Los gastos accesorios relacionados con el transporte y seguro de las mercancías hasta el primer lugar de destino en el territorio de aplicación del impuesto (transporte internacional, seguros, embalajes, carga y descarga hasta ese punto).

Para nuestro caso, se incluye lo siguiente:

  • Precio neto de la compra 190.000 euros (200.000 – 10.000).
  • Se incluyen los aranceles, es decir los 25.000 euros.
  • No se incluyen los costes de instalación, pruebas y puesta en marcha, porque son posteriores a la importación y no forman parte del valor de la aduana ni del transporte hasta el destino.

Por lo tanto y en conclusión, el IVA se calcula sobre el Valor neto + Aranceles + Gastos accesorios hasta el primer destino en España y no sobre costes internos como la instalación o pruebas funcionales, es decir 215.000 euros. Si le aplicamos el 21% del IVA nos da 45.145,00 euros:

  • Precio neto maquinaria + aranceles = 190.000 € + 25.000 € = 215.000 €
  • Tipo de IVA = 21%
  • IVA soportado = 215.000 × 21% = 45.150 €

3. Gastos de actividades accesorias: 4.000 € (no son mayor valor del inmovilizado, sino que son gastos en pérdidas y ganancias).

Conforme a la RICAC 2013, “Por el contrario, los gastos y los ingresos relacionados con las actividades accesorias que pudieran realizarse con el inmovilizado, antes o durante el periodo de fabricación o construcción, se reconocerán en la cuenta de pérdidas y ganancias de acuerdo con su naturaleza siempre que no sean imprescindibles para poner el activo en condiciones de funcionamiento.” (1.8 Norma primera).

Contabilización de la adquisición de un inmovilizado

Asientos contables a realizar:

¿Si se trata de un IVA a pagar en la aduana por qué no se contabiliza directamente contra bancos?

Cuando se importa una mercancía, el IVA de importación se liquida en la aduana en el momento del despacho, pero la empresa no paga directamente ese IVA a la aduana en forma de gasto inmediato en bancos. El proceso habitual es:

  • La aduana reclama el IVA a pagar (cuenta 475 “Hacienda Pública, IVA a ingresar”) como una obligación tributaria.
  • Posteriormente, en la declaración periódica de IVA, la empresa compensa ese IVA soportado de la importación contra el IVA repercutido a clientes.
  • En ese momento, el importe se ajusta con Hacienda y, finalmente, se paga o se recupera.

Si quieres profundizar más y ampliar conocimientos sobre el inmovilizado material puedes consultar los post sobre bajas de inmovilizado y donación de inmovilizado material donde encontrarás otras situaciones interesante que pueden ser de mucha utilizada en el día a día de tu empresa.

Si quieres realizar una consulta o solicitar presupuesto, contacta con un auditor profesional del equipo de Audágora Auditores, estaremos encantados de atenderte y te responderemos con la mayor brevedad posible.

Fuente: Audágora Auditores y Consultores

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