Auditoría & Co

El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas acaba de emitir una resolución mediante la cual se publica la revisión de tres NIAS.

Una de ellas es la NIA-ES 315 “Identificación y valoración de los riesgos de incorrección material mediante el conocimiento de la entidad y su entorno”, que ahora pasa a denominarse NIA-ES 315 “Identificación y valoración del riesgo de incorrección material”.

Unas de las modificaciones o novedades que recogen esta revisión son:

- Que haya una mayor coherencia en la aplicación de los procedimientos para identificar y evaluar los riesgos, exigiendo una evaluación de los mismos más profunda.

- Aplicación de Graduación. Se resaltan las consideraciones de proporcionalidad. En la guía de aplicación se incorporan especificaciones tanto para entidades menos complejas como para más complejas. Esta graduación ayuda a reducir la complejidad, además de que facilita que la norma sea utilizada más cómodamente por los auditores de todas las entidades con independencia de cuál sea su naturaleza o complejidad.

- Se incluyen requisitos para la mejor aplicación del escepticismo profesional, recogiéndose ejemplos para proporcionar evidencia de su aplicación.

- Mayor enfoque en la comprensión del Marco de Información Financiera Aplicable

- Mayor hincapié en los riesgos relacionados con la utilización de TI, incluyéndose nuevas definiciones como son “Entorno de las TI” y “Riesgos derivados de la utilización de TI”. Se incluyen anexos para entender las TI y sus controles generales.

- Evaluación separada del riesgo inherente y riesgo de control

- Nuevos conceptos y definiciones, como por ejemplo “espectro del riesgo inherente”, que hace referencia al grado en que varía el riesgo inherente.

Las otras NIAS que han sido modificadas son:

- NIA-ES 250 (Revisada) “Consideración de las disposiciones legales y reglamentarias en la auditoría de estados financieros”

- NIA-ES 610 (Revisada) “Utilización del trabajo de los auditores internos”

Estas nuevas NIAs revisadas serán de aplicación obligatoria para los trabajos de auditoría de cuentas de ejercicios económicos que se inicien a partir del 1 de enero de 2022. En todo caso, se aplicarán a los trabajos de auditoría de cuentas contratados a partir del 1 de enero de 2023, independientemente de los ejercicios económicos a los que se refieran los estados financieros.

Alberto Sebastian
Socio Kreston Iberaudit
Área Auditoría