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La autoridad europea de Bolsas y Mercados (ESMA) que agrupa a los distintos organismos reguladores de valores de los 28 estados miembros de la Unión, y donde España está representada a través de la CNMV, acaba de publicar su lista de prioridades de supervisión para las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2016.

El establecimiento de dichas prioridades pretende incrementar el nivel de homogeneidad y convergencia de la información proporcionada por las compañías cotizadas en sus cuentas consolidadas. Por lo tanto, no se trata de meras recomendaciones que ESMA realiza a los emisores de información financiera sino que, por el contrario, la autoridad europea y la CNMV realizan una supervisión real y efectiva sobre el cumplimiento de dichas prioridades que se plasma, en la práctica, en requerimientos públicos de información a las entidades. En algunos casos donde se hubieran puesto de manifiesto errores muy significativos, los requerimientos pueden acabar incluso con la obligación de reformular las cuentas anuales.

A modo de ejemplo, durante el ejercicio 2015 ESMA revisó las cuentas y los estados financieros semestrales de más de 1.200 entidades y como resultado de dichas revisiones obligó a realizar modificaciones en 273 casos.

¿Cuáles son, por tanto, los tres asuntos prioritarios sobre los que se centrará la labor supervisora en este año que está a punto de acabar?:

El primer asunto prioritario es la presentación de los estados financieros. El formato de presentación de los estados financieros ha sido una constante sobre la que han puesto énfasis los organismos reguladores. En este caso ESMA focalizará principalmente su atención en los siguientes cuatro aspectos:

  1. La presentación de líneas, subtotales o totales distintos de los previstos por las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), que debe ser realizada de forma clara y entendible, consistente entre ejercicios y sin resaltarse con una mayor importancia respecto a aquellos conceptos que sí son requeridos por la norma.
  2. El resultado operativo (“operating profit”), si se desglosa, debe incluir todos los conceptos de naturaleza operativa, como por ejemplo los deterioros. Adicionalmente, no pueden presentarse resultados extraordinarios ni, por ejemplo, costes de reestructuración como resultados no recurrentes, también se deben identificar en los estados financieros las partidas pertenecientes al “Otro Resultado Global” que serán reclasificadas en algún momento a la cuenta de pérdidas y ganancias (por ejemplo, las diferencias de conversión) y aquéllas que no lo serán (por ejemplo, diferencias actuariales)
  3. Se deben incorporar todos los desgloses relevantes sobre el cálculo del “Beneficio por Acción” (BPA).
  4. ESMA recuerda que ya entró en vigor su Guía sobre las medidas alternativas de rendimiento (que por ejemplo afectaría en el caso de que se detallen en el informe de gestión conceptos como el EBIT o el EBITDA), y que realizará un seguimiento específico sobre su nivel de cumplimiento.

El segundo tema prioritario es la clasificación de instrumentos financieros: distinción entre pasivo y patrimonio. Durante los últimos años ha proliferado la emisión de instrumentos financieros complejos en los cuales la distinción entre los componentes de pasivo y patrimonio puede ser complicada (emisiones de bonos convertibles, acciones preferentes, etc.). Esta situación ha provocado que ESMA considere necesario recordar algunos aspectos puramente técnicos que afectan a la clasificación de este tipo de instrumentos tales como el concepto de pasivo financiero o la implicación de las cláusulas de liquidación contingentes, entre otros.

Dada su complejidad intrínseca, ESMA recomienda que se desglosen en las notas las características más relevantes así como los juicios y estimaciones realizados al clasificar este tipo de instrumentos financieros.

El tercer asunto prioritario se centra en los desgloses del impacto de normas que entrarán en vigor a futuro. Ante las normas de gran calado que van a entrar en vigor próximamente - Ingresos (NIIF 15), Instrumentos Financieros (NIIF 9), y Arrendamientos (NIIF 16) -, la autoridad europea recuerda que deben realizarse desgloses específicos sobre la situación de implementación de estos proyectos y su potencial impacto. En concreto, el desglose de los impactos de dichas normas, cuantificados, debería ya ser incluido en las notas del cierre de 2016 en la medida en que pueda realizarse una estimación razonable y fiable de los mismos.

Por último, ESMA recuerda a aquellos emisores que se vean afectados por la salida del Reino Unido de la Unión Europea, el comúnmente llamado Brexit, que deben facilitar en sus cuentas los desgloses sobre los riesgos a los que se verán expuestos y los planes para mitigarlos.

En conclusión, y ahora todavía estamos a tiempo, se trata de temas relevantes que por su especial trascendencia deben ser tenidos en cuenta por la Dirección Financiera y el Comité de Auditoría de las entidades al elaborar sus cuentas anuales del ejercicio 2016 evitando, en la medida de lo posible, que el regulador se vea obligado a requerir información pública adicional por no haberse incluido los desgloses preceptivos o, en el peor de los casos, a reformular las cuentas anuales

Germán de la Fuente