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Dos nuevos Reales Decretos concretan los aspectos que deben cumplir los planes de igualdad y la definición del tratamiento de igualdad retributiva

La publicación este mes de octubre de dos nuevos reales decretos (RD 901/2020 y 902/2020) en materia de IGUALDAD, por una parte, supone la concreción de los aspectos que deben cumplir los planes de igualdad, y por otra, la definición del tratamiento de la igualdad retributiva.

Estos reales decretos amplían y pormenorizan las obligaciones de las empresas en la materia, recogidas con carácter previo en el RD 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para la garantía de la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.

RD 901/2020 -Planes de igualdad y su registro

RD 902/2020 -Igualdad retributiva entre mujeres y hombres

En el plazo de 6 meses desde la entrada en vigor del RD 902/2020 se aprobará el procedimiento de valoración de los puestos de trabajo.El RD 902/2020 entra en vigor a los 6 meses de su publicación en el BOE, es decir, el 14 de abril de 2021.Desde nuestro despacho profesional quedamos a su entera disposición para aclararles cualquier duda que se les pueda plantear al respecto, ampliarlesla información sobre los requisitos y las responsabilidades derivadas y orientarles en relación a los pasos y consideraciones a tener en cuenta.

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