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La norma de reconocimiento de ingresos cambia el modelo vigente y exige un mayor desglose de información en los estados financieros de los grupos y/o sociedades a los que les sea de aplicación.

La aspiración de un único lenguaje global sobre información financiera ha dado un importante paso adelante con la emisión de la norma sobre reconocimiento de ingresos (NIIF 15) por parte de los dos principales organismos internacionales en la materia, el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por sus siglas en inglés) y el Consejo de Normas de Contabilidad Financiera de Estados Unidos (FASB, por sus siglas en inglés).

Esta norma, que sustituye a la mayoría de directrices sobre reconocimiento de ingresos ordinarios contempladas actualmente en los PCGA estadounidenses y en las NIIF internacionales, es un logro importante en términos de convergencia y comparabilidad de la información. Sin embargo, puede llegar a ser un quebradero de cabeza para los departamentos financieros de las empresas, puesto que el verdadero trabajo acaba de empezar. La adaptación a esta nueva norma requerirá, seguramente, cambios importantes, sobre todo a nivel de los softwares internos, por lo que el trabajo no sólo será para los departamentos financieros, sino también, en gran medida, para los departamentos informáticos.  

La nueva norma entra en vigor en enero de 2017, aunque las empresas que reportan bajo NIIF pueden optar por aplicarla de forma anticipada. El proceso de desarrollo de la nueva norma ha sido largo habiendo transcurrido más de cinco años desde que el FASB y el IASB publicasen la primera versión de sus propuestas conjuntas sobre ingresos ordinarios. La extensión del proceso ha provocado que muchas empresas hayan aplazado el análisis de su impacto a la espera de disponer de una norma más asentada.

Ese momento ha llegado. Se trata de una norma ya publicada que afectará a uno de los indicadores de la información financiera más importantes —los ingresos ordinarios— cuyo alcance se extenderá a la práctica totalidad de las empresas que formulen sus estados financieros de acuerdo con los US GAAP estadounidenses o las NIIF. A nivel nacional, donde se aplica el Plan General de Contabilidad, adaptación de las normas internacionales, únicamente se verán afectadas las compañías cotizadas que presentan cuentas anuales consolidadas. Los obligados deberán aplicarla a los contratos con clientes, salvo en los arrendamientos, instrumentos financieros y contratos de seguros.

Uno de los objetivos que persigue esta nueva norma es una mayor unidad de criterios contables a nivel internacional, de manera que se permita una comparación más ajustada entre las ventas de una compañía estadounidense y otra europea. En particular, la nueva norma regula la presentación de los ingresos ordinarios instando a un mayor desglose de los mismos.  

La incidencia de la mencionada norma tendrá un efecto muy distinto en función de la actividad de la empresa y del sector en el que opere. Las empresas que venden productos y servicios en una oferta combinada o las que participan en proyectos a largo plazo, como por ejemplo en sectores tales como el de las telecomunicaciones, software, ingeniería, construcción e inmobiliario, podrían experimentar cambios muy importantes en el reconocimiento de los ingresos ordinarios. En otras empresas que desarrollen actividades menos complejas los cambios serán mínimos.

En cualquier caso, todas las empresas deben evaluar la magnitud del impacto y el modo en el que se verá afectado su modelo de negocio, sin olvidar la necesidad de mantener un canal de información con sus inversores y analistas, para que puedan entender e interpretar la nueva cuenta de pérdidas y ganancias. En concreto, los nuevos criterios pueden cambiar qué bienes y servicios se agrupan o separan a efectos del reconocimiento de ingresos.  

Asimismo, el precio de la transacción se asignará utilizando criterios que pueden diferir de los métodos existentes actualmente. Por tanto, es posible que haya que reconocer los ingresos en un momento posterior o anterior al que se registran en la actualidad, y la distribución de los ingresos entre los distintos bienes y servicios prestados puede variar.   Uno de los aspectos que afectará, más o menos, por igual a todas las empresas son los nuevos requerimientos de información que se va a tener que incluir en los estados financieros. Estos requerimientos son bastante más amplios que los actuales y es posible que sea necesario introducir cambios en los sistemas y procesos de captura de la información con independencia de que no se produzca un cambio significativo en las magnitudes principales de los estados financieros.

Aunque la fecha de entrada en vigor del 2017 parece lejana, lo cierto es que las empresas deben iniciar cuanto antes el proceso de transición para asegurar una adecuada gestión del mismo, tanto desde una perspectiva interna como externa.  

Oriol Velasco