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El pasado 8 de marzo muchos países celebraron el Día Internacional de la Mujer, continuando así una tradición que se inició a finales del siglo XIX. Como ha puesto de manifiesto el reciente informe de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) titulado “Mujeres en el Trabajo – Tendencias de 2106”, la tasa mundial de participación de las mujeres en la fuerza de trabajo cayó del 52,4% al 49,6% del año 1995 al 2015. Es una mala noticia para quienes estamos comprometidos con la gestión del talento diverso y la integración de la mujer en el mundo profesional. Pero tal vez en el ámbito del Compliance existan motivos especiales de esperanza, como explicaré a continuación.

Un estudio publicado en el año 2013 por las investigadoras Justin Esarey de la Rice University y Gina Chirillo del National Democratic Institute concluyó que las mujeres observaban mayor aversión al riesgo de violar normas políticas. Tal circunstancia las hacía menos propensas a tolerar conductas inapropiadas allí donde aquellas estaban claramente reprobadas, mientras que no existían diferencias de género en entornos donde la corrupción estaba generalizada. Parece pues que, en un contexto adecuado, las mujeres observan una tendencia natural a evitar incumplimientos.

Tal vez esto explique por qué algunas ciudades pusieron en manos de mujeres algunos cargos policiales especialmente expuestos a la corrupción, como sucedió en México o en Perú, por ejemplo, que coinciden en su percepción posterior de haber contribuido con ello a disminuir la corrupción relacionada con las multas de tráfico.

Puesto que Compliance guarda relación con el pulcro cumplimiento de normas, ¿es posible que exista una percepción de mayor sensibilidad en las mujeres respecto de dichos objetivos? Aprovechando la plataforma que supone el KPMG Compliance Think Tank, encuesté a 144 profesionales relacionados con la función de Compliance en organizaciones de todo el país acerca de sus preferencias de género en relación con distintos cometidos relacionados con la función de Compliance. Los resultados en la práctica totalidad de aspectos preguntados fueron parejos, en el sentido de no estimarse preferencias de género a la hora de comentar o denunciar aspectos comprometidos de cumplimiento a un Compliance Officer mujer u hombre. Sorprendentemente, únicamente se produjo una desviación significativa en una pregunta, relacionada con la capacidad de soportar la presión de la alta dirección o del negocio para permitir malas praxis (sobornos, por ejemplo). Sobre el particular se observó que, aun concurriendo una percepción general de parecida vulnerabilidad entre mujeres y hombres, un porcentaje no despreciable de encuestados -el 15%- opinaron que las mujeres transigirían menos a dichas presiones. Y ese parecer era compartido tanto por las mujeres como por los hombres que facilitaron su opinión.

¿Confirman estos datos la percepción de que las mujeres tienden a desenvolverse de manera más apropiada a pesar de las presiones que recibe Compliance? Retomando el estudio de Justin Esarey y Gina Chirillo, podría decirse que se trata de una percepción correcta, siempre que desarrollen sus cometidos en un contexto social de rechazo a las conductas inadecuadas. En cualquier caso, observamos como la función de Compliance está liderada por mujeres en un buen número de empresas españolas o, como mínimo, su presencia es significativa dentro de sus equipos. Es esta otra buena noticia para acelerar el acceso de la mujer a cargos relevantes en las organizaciones, como lo son aquellos vinculados con el Compliance.

Autor: Alain Casanovas Ysla, socio de KPMG y responsable de los servicios de Compliance en KPMG Abogados . Compagina su actividad profesional con la participación en iniciativas de normalización nacional e internacional sobre Compliance y la Dirección de dos postgrados universitarios sobre esta materia. Dirijo el KPMG Compliance Think Tank, foro de alto nivel sobre tendencias de Compliance. A lo largo de mi carrera profesional he asesorado tanto a organizaciones locales como multinacionales en la implementación de modelos de cumplimiento y prevención penal.

Fuente: KPMG

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