Auditoría & Co

El informe de gestión es un documento que ha de presentarse conjuntamente con las cuentas anuales, aunque no forma parte de éstas. Ha de ser formulado por los administradores de las Sociedades siempre que no puedan presentar balance y estado de cambios en el patrimonio neto abreviados.

El contenido del informe de gestión se recoge básicamente en el artículo 262 de la Ley de Sociedades de Capital, así como en otras disposiciones complementarias posteriores y trata temas como la evolución de los negocios y la situación actual de la Sociedad, incluyendo una descripción de los principales riesgos e incertidumbres a los que se enfrenta; la plantilla media de personal; el periodo medio de pago a los proveedores; el uso de instrumentos financieros; las actividades de investigación y desarrollo; información sobre el medioambiente; participaciones propias; acontecimientos posteriores ocurridos después del cierre del ejercicio; y evolución previsible de la Sociedad; entre otros.

Hasta el momento, salvo excepciones, el informe de gestión en las medianas y pequeñas empresas ha tenido poca relevancia. No ha sido preparado por los administradores con una presentación y contenido adecuados. En la mayoría de los casos ha sido preparado para cubrir el expediente, con faltantes de contenido, no logrando el valor informativo relevante que le hubiese correspondido.

Pero esto ha cambiado actualmente con la regulación del denominado nuevo informe de auditoría, que tiene como base de partida la propia Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas; la Resolución de 23 de diciembre de 2016, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la modificación de determinadas Normas Técnicas de Auditoría y del Glosario de términos; la modificación de determinadas Normas Internacionales de Auditoría adaptadas a España (NIAs – ES), relacionadas con el informe de auditoría; y la incorporación de una nueva NIA – Es 701.

El nuevo informe de auditoría, vigente para aquellos trabajos de auditoría de cuentas anuales o de estados financieros de ejercicios que se hayan iniciado a partir del 17 de junio de 2016, o para las auditorías contratadas a partir del 1 de enero de 2018 referidas a cualquier ejercicio económico, es decir, de aplicación obligatoria en la actualidad, es mucho más amplio y exigente en su contenido, tratando de mejorar el valor de comunicación y la relevancia del mismo. En tal sentido, en lo referido a las entidades que no son de interés público en España, es decir, la mayoría de las entidades, el nuevo informe de auditoría incluye un apartado referido a Otra información, en concreto relativo al informe de gestión.

La auditoría va referida a las cuentas anuales, no al informe de gestión. No obstante, al acompañar éste último a las cuentas anuales se requiere del auditor que efectúe:

1)Una comprobación de la concordancia entre las cifras contables que aparecen en el informe de gestión en relación con las cuentas anuales; 2)La comprobación del correcto contenido y presentación del informe de gestión de acuerdo con la normativa contable; y 3)Que se concluya sobre la adecuada presentación y contenido de los extremos anteriores, teniendo en cuenta inclusive la evidencia obtenida en la auditoría, es decir, las posibles implicaciones de emisión de un informe de auditoría con opinión modificada (opinión con salvedades, denegada, o desfavorable).

De todo ello, se deducen actualmente en lo relativo al informe de gestión las siguientes responsabilidades:

Por parte de las empresas, los administradores deberán formular un informe de gestión con una correcta presentación y un contenido completo de acuerdo con la normativa contable. Caso contrario, en el informe de auditoría, en el apartado correspondiente, se pondrán de manifiesto las incorrecciones y los faltantes de información, ahora de forma más rigurosa.

Por parte de los auditores, se amplían las exigencias en relación con la comprobación del contenido y presentación del informe de gestión, tal como se ha descrito, teniendo que concluir al respecto.

No cabe duda de que todo esto redundará en la mejora de la información por parte de las empresas.

Juan José Cabrera, Socio de Auditoría de Auren