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Una irregularidad contable es aquella que impide que la contabilidad aporte lo que de ella espera el tráfico jurídico mercantil, no permitiendo u obstaculizando a terceros un entendimiento de la situación financiera o patrimonial de las compañías. La contabilidad debe ajustarse no solo a la realidad jurídica, sino también a la realidad económica, constituyendo una información relevante para la comprensión de la sociedad, con el objetivo de favorecer que los operadores del mercado puedan tomar correctamente sus decisiones empresariales, en base a una información veraz, considerando los datos que ofrece la contabilidad en los Estados Financieros.

En consecuencia, todo empresario tiene el deber de llevar una contabilidad ordenada. Dicha contabilidad supone la elaboración de un libro diario y de un libro de inventarios y cuentas anuales, obligación establecida en el artículo 25 del Código de Comercio.

Además, dicha información contable debe ser elaborada a partir de las normas y principios de contabilidad de general aplicación, para que no haya irregularidades contables relevantes, no basta con que los activos reflejados en la sociedad sean reales, sino que es necesario que su valoración se haya realizado conforme a criterios contables correctos.

Los efectos que pueden derivar de irregularidades contables, pueden ser de diversa índole. En el ámbito concursal, la expresión de "irregularidades contables relevantes" tiene una especial consideración. Uno de los motivos, para calificar el concurso como culpable es la existencia de irregularidades contables relevantes.

La calificación como culpable del concurso puede tener gravosas consecuencias para las personas, generalmente los administradores, que se vean afectadas por dicha calificación culpable, pues pueden ser obligados a suplir, con su patrimonio personal, el déficit que presente la empresa concursada.

Por otro lado, una irregularidad contable podría dar lugar a que la contabilidad se considere un medio fraudulento, y en consecuencia intervenir como tal en la calificación de las infracciones tributarias. Tal y como disponen los artículos 191.4, 192.4 y 193.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT), la concurrencia de los medios fraudulentos determina la calificación de muy grave en las infracciones tributarias por dejar de ingresar, por incumplir la obligación de presentar de forma completa y correcta declaraciones o documentos necesarios para practicar liquidaciones y por obtener indebidamente devoluciones, respectivamente.

Otros efectos que pueden ocasionar las irregularidades contables son los siguientes:

1. Aplicación del régimen de estimación indirecta de bases imponibles, siempre y cuando la Administración no pueda acceder al conocimiento de los datos necesarios para la estimación completa de las bases imponibles.

2. Calificar una infracción como grave o muy grave, según el grado de incidencia de las irregularidades contables.

3. Tener responsabilidad penal:

a. Por incurrir en el tipo delictivo previsto en el art. 310 del Código Penal, debido a que, el que, estando obligado por ley tributaria a llevar contabilidad mercantil, libros o registros fiscales:

i. Incumpla absolutamente dicha obligación en régimen de estimación directa de bases tributarias.

ii. Lleve contabilidades distintas que, referidas a una misma actividad y ejercicio económico, oculten o simulen la verdadera situación de la empresa.

iii. No hubiere anotado en los libros obligatorios negocios, actos, operaciones o, en general, transacciones económicas, o los hubiese anotado con cifras distintas a las verdaderas.

iv. Hubiere practicado en los libros obligatorios anotaciones contables ficticias.

b. Por la posibilidad de apreciar la concurrencia de dolo en el delito fiscal.

4. Pérdida del derecho a disfrutar de exenciones, deducciones o cualquier incentivo fiscal condicionadas al cumplimiento de los requisitos exigidos en la normativa contable.

Llevar la contabilidad según las normas y principios de valoración generalmente aceptados, es responsabilidad de los administradores; y deben asegurarse de que su contabilidad no presenta irregularidades contables, que podrían tener consecuencias graves o muy graves, como hemos visto.

El servicio de revisión contable, que no tiene el alcance de una auditoría financiera, es una opción para muchos administradores de pequeñas y medianas empresas, de manera que tengan la seguridad de que la información que presentan sus estados financieros es correcta y, por tanto, les permite también la toma de decisiones empresariales adecuadas.