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El presunto fraude en la instalación de motores diésel “trucados” en los coches fabricados por el Grupo Volkswagen es una clara advertencia de las consecuencias que puede tener el no implementar de manera efectiva un sistema de corporate compliance.

El Grupo Volkswagen, en caso de confirmarse la instalación de un software que manipulaba las lecturas de los gases contaminantes emitidos a la atmosfera por parte de coches de motor diésel de la marca (en adelante, el “Software Mentiroso”), puede enfrentarse, por un lado, al pago de indemnizaciones por la responsabilidad civil derivada de los daños y perjuicios causados a sus consumidores, y, por el otro, a que le sean impuestas algunas de las penas tipificadas en el código penal para las personas jurídicas.

En este sentido, y ante el riesgo de tener que afrontar el pago de indemnizaciones monstruosas, el Grupo se ha visto obligado a hacer una provisión en su balance de más de 7.000 millones de euros, y a reformular su previsión de resultado para el ejercicio en curso. Como consecuencia de lo anterior, su valor bursátil se ha visto reducido en más de un 20%.

Pero lejos de entrar en el detalle de los efectos económicos de la instalación del Software Mentiroso, en este escrito nos centraremos en la importancia de la implementación efectiva de los llamados sistemas de corporate compliance. Ya hemos remarcado en anteriores ocasiones la finalidad de la implantación de los sistemas de corporate compliance: evitar la responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Efectivamente, a partir de la reforma del 2010, las personas jurídicas son responsables por los delitos ocasionados dentro de su organización. Esto suponía, por aquel entonces, un fuerte cambio radical, pues hasta ese momento los únicos responsables penales del delito eran las personas físicas autores del delito, en ningún caso se derivaba responsabilidad penal para la propia organización (persona jurídica). Fue en ese momento cuando rápidamente el mercado vio la necesidad de empezar a implementar sistemas de prevención de delitos dentro de las organizaciones, pues la implementación de sistemas de corporate compliance permite a la empresa quedar exonerada de cualquier tipo de responsabilidad penal, y ello implica ahorrarse pagar una multa económica importante, y hasta evitar la disolución de la sociedad.

Tal y como dice el refranero español,

“Cuando las barbas del vecino veas cortar, pon las tuyas a remojar

Este refrán viene a significar que si acontece alguna desgracia a quienes son de nuestra condición, debemos temer que otro día pueda sucedernos a nosotros y, por tanto, lo recomendable es estar prevenidos para que el golpe no sea tan fuerte. En este sentido, el caso Volkswagen, nos muestra la necesidad de tener implementado de manera eficaz un sistema de prevención de delitos.

Es harto conocido que el Grupo Volkswagen tenía diseñado un sistema completo de corporate compliance, pero es también obvio que su implementación ha sido del todo ineficaz, pues en caso contrario, es difícil de entender como a pesar de haber implementado de manera escrupulosa un sistema de corporate compliance, un delito de semejante magnitud puede haberse escapado dentro de la organización, y es que los presuntos delitos que puede haber cometido el Grupo son los de estafa y delito contra el medioambiente.

La Ley exige que, para que la persona jurídica quede exonerada de toda responsabilidad penal, no solo se tienen que diseñar sistemas de prevención de delitos, sino que los medios empleados para su implantación tienen que ser efectivos. Es decir, la exoneración no operará en aquellos casos en que sólo se hubieran diseñado sistemas de corporate compliance con el único afán de beneficiarse de la exoneración, sino que además es condición necesaria que los sistemas de prevención estén implantados de manera eficaz.

En el caso de Volkswagen todo apunta que la implementación del sistema de corporate compliance no ha sido real, y que lo único verdadero era su diseño.

En conclusión, dado que el caso Volkswagen (o “dieselgate”) nos ha mostrado hasta qué punto pueden tener repercusión actuaciones delictivas ocurridas dentro de la empresa, y dado que las penas a las que se enfrenta son graves, sería bueno que las empresas pusieran sus barbas a remojar, y apostaran por el mejor remedio de todos, la prevención, implementando de manera real y efectiva los sistemas de corporate compliance.

Eulalia Rubio